COMUNICADO
Los
miembros de la Fundación para el Debido
Proceso "FUNDEPRO", condenamos ante la opinión pública, el procedimiento
realizado en fecha 15 de enero del presente año en la ciudad de Caracas, específicamente
en la localidad del kilómetro 16 de El Junquito, donde resultaran abatidos,
heridos y detenidos varios ciudadanos
venezolanos, utilizando las palabras emitidas en un comunicado del Ministerio
del Interior Justicia y Paz, donde se
violaron contenidos de tratados internacionales así como de leyes nacionales.
CONSIDERANDO:
1.-
Que nuestra Carta Magna, así como los tratados internacionales en materia de
derechos humanos establece las obligaciones que tiene el Estado de actuar de
determinada manera o abstenerse de ciertos actos, con el fin de promover y proteger
los derechos humanos y las libertades fundamentales de personas o grupos. Todo
proceso o acción orientada a posible violación de derechos humanos debe
llevarnos a la reflexión a fin de evitar la realización de las mismas.
2.-
Que el sistema de seguridad interna de nuestro país del cual forman parte los
distintos entes policiales, así como la Guardia Nacional
Bolivariana, desempeñan un papel
fundamental al servicio de las personas, de su vida, de su integridad personal
así como de la protección de sus bienes,
sin discriminación alguna.
3.-
En el entendido que los organismos de seguridad están al servicio de todos y
cada uno de los residentes de nuestro país contribuyendo para que el Estados
cumpla mejor sus obligaciones frente a la población que está bajo su
protección. Y que dentro de un marco
constitucional se deben respetar los derechos humanos y las libertades
fundamentales, la libertad de pensamiento y su derecho a ejercerla.
CONDENAMOS:
Los
hechos que se produjeron en fecha 15 de
enero de presente año en el km 16 de El Junquito en el marco de un
procedimiento policial donde resultaran muertos según lo informado por los
entes gubernamenales los ciudadanos: Oscar
Pérez, Daniel Soto Torres, Abraham
Agostini, José Díaz Pimentel, Jairo Lugo, Abraham Lugo y una ciudadana por
identificar, constituyendo estos hechos
por la forma y circunstancias en que se produjeron una violación a sus derechos
como venezolanos, conculcándoseles no solo el derecho fundamental a la vida
con un despliegue policial impresionante, excesivo y desproporcionado uso de la
fuerza, sino que claramente fue un atropello
contra quienes disienten abiertamente
en contra del gobierno, que el poder del Estado ha sido utilizado una
vez más para acallar cualquier manifestación en su contra, donde se transgredió la Constitución y así como tratados y leyes internacionales entre ellos el
Estatuto de Roma (Artículo 8(2)(b)(vi) de la Corte Penal
Internacional que expresa el acto como un crimen de guerra. Y el artículo 43 de nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
que garantiza el derecho a la vida.
Al
considerar que estamos en presencia de
ejecuciones extrajudiciales, consideradas dentro del derecho penal
internacional como crímenes de lesa humanidad, constituyéndose como un ejemplo
más de la indefensión y desamparo absoluto en el cual estamos inmersos los
venezolanos
POR LO TANTO AFIRMAMOS:
1.
Condenamos la muerte de estos ciudadanos
así como la de los funcionarios policiales S/J
Andriu Garate y O/A Nelson Chirino, que también tuvieron un desenlace
fatídico como un acto ilegal, en violación a la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela y exigiendo se abra la correspondiente investigación por estos
hechos así como que se respete el debido
proceso a los aprehendidos con ocasión de este procedimiento.
2.
Condenamos el hecho de permitir que personas ajenas a los cuerpos policiales
desempeñen funciones similares a los de los funcionarios legalmente autorizados
para actuar en cualquier actividad de seguridad pública o de investigación
penal si era el caso del procedimiento in comento
3.- Exigimos el cabal cumplimiento del debido proceso en la investigación
y proceso penal que se le seguirá a los ciudadanos aprehendidos en el marco del
procedimiento.
4.
Solicitamos a las organizaciones internacionales de Derechos Humanos de tomar
acciones contundentes contra las graves violaciones de los Derechos Humanos y
la ausencia de estado de derecho en Venezuela.
5.-
Exhortamos a los Poderes Públicos del país a respetar y cumplir con la Constitución y los
convenios internacionales de derechos humanos y a garantizar el respeto de los
mismos y tal obligación de garantizar el cumplimiento significa que los Estados
deben adoptar medidas positivas y que no
impidan a las personas el acceso a un determinado derecho, para facilitar el
disfrute de los derechos humanos.
En Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de enero de dos mil dieciocho (2018)
Jackeline
Sandoval de Guevara
Directora
Ejecutiva
Fundación
para el Debido Proceso
Fundepro