El “CASO 13”, “ilustra… un patrón más amplio de violaciones”, según el ítem “763” de las “Conclusiones detalladas de la Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela”, presentadas el 16 de septiembre de 2020 en el Cuadragésimo quinto período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
En el marco de ese “período de sesiones”, Los Guevara cumplieron “15 años y 10 meses de injusta prisión, años de continuas y sistemáticas violaciones a sus derechos humanos”, sostiene la Dra. Jackeline Sandoval, quien desde noviembre de 2004 viene denunciando que en el caso de Otoniel, Rolando y Juan Guevara:
“…se cometió arresto y detención arbitraria, así como desaparición forzada… torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”, además de sostener que las condiciones de detención de sus defendidos “equivalen a una violación de la prohibición de la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”.
Las palabras citadas son extractos de los ítems “795” y “797” de las “Conclusiones” atinentes al “CASO 13”, coincidentes con señalamientos de Sandoval respecto al patrón de violaciones de derechos humanos denunciado por ella durante “15 años y 10 meses”, corroborado en el seno del Consejo de Derechos Humanos, un patrón que adquirió otros matices y de allí que actualmente sea “más amplio”, pero igual de cruento.

