SE HACE JUSTICIA AUN CUANDO ES TARDIA...
Parece difícil de creer que después de 65
años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, muchas personas,
desconocen cuales son esos derechos y
quienes violan los mismos, por lo cual creemos necesario que mas que dar
una definición es bueno tener claro que
los caracteriza, que elementos debemos tener presente para
reconocerlos, mas aun cuando estemos frente a una vulneración de los
mismos. Los derechos humanos son:
- universales
- indivisibles
- integrales
- complementarios
- interdependientes
- irrenunciables
- imprescriptibles
- inviolables
- inalienables.
Los derechos humanos son una constante
manifestación diaria de relaciones entre personas y entre personas e
instituciones del Estado que interactúan a partir de ciertas reglas de respeto
mutuo. Por lo tanto, el Estado es el primer responsable en garantizar y
proteger los derechos esenciales de todas las personas que se encuentren en su
territorio (no solo de sus nacionales, sino de todos sus habitantes). El incumplimiento de esta obligación, genera
responsabilidad social por los medios previstos por el ordenamiento interno y,
de manera complementaria, por el Derecho Internacional.
El Estado actúa por medio de sus funcionarios
y son estos los que comprometen con su acción u omisión al Estado debido a que
la actividad del Estado siempre implica un riesgo de provocar algún daño o
perjuicio a la esfera de los derechos de las personas, por lo cual este debe saber "elegir" y
"vigilar" a sus funcionarios. En el tanto estos actúen en nombre y
bajo la aquiescencia del Estado, sus actos y sus consecuencias, serán propias
del Estado, el cual deberá responder por las violaciones a los derechos humanos
en que aquellos incurran.
Cuando se demanda la protección de los Derechos
Humanos, se aspira a lograr la
protección del ordenamiento jurídico. Los mecanismos de protección son
esenciales para que los derechos sean algo más que deseos piadosos, recursos
retóricos o buenas intenciones.
Pero aun cuando se cuenta con el rango de
constitucional en mucho de los casos, el reconocimiento de muchos derechos
humanos, al menos aquí en Venezuela, pareciera que cada día son mas violentados estos derechos y
peor aun no existe una respuesta eficaz y oportuna por parte del estado ante la
violación de los mismos, y la generalidad de las personas se pregunta, si
cuando se trata de justicia y esta es tardía, ¿realmente se esta haciendo
justicia?, pregunta difícil de contestar mas aun cuando los afectados son por vulneración de
derechos humanos, cuando lo que debe es privar la confianza en las relaciones
con el Estado a través de sus
funcionarios.
Cuando revisamos y analizamos las fechas de
inicio de casos, y la fecha en que se emitieron las
sentencias, tanto en el ámbito nacional como internacional, nos preguntamos ¿es
que realmente se hizo justicia? Pueden los afectados directos o indirectamente,
vivos o muertos decir que después de 5, 10, 20 o 30 años ¿se hizo justicia?
Otra pregunta importante que tendríamos que
responder ¿es que otros factores coinciden, además de ver el tiempo
transcurrir, sin que exista un decreto jurisdiccional, y que pareciera es
un común denominador de las sentencias
cuando los derechos humanos son afectados?
Necesariamente tenemos que contestar que la
mayor dificultad que tienen los ciudadanos es el acceso a la justicia, por
parte de las victimas, si entendemos por la misma que se haga realmente efectiva
y haya sido eficaz en cuanto a las
peticiones de los agredidos, encontrándonos como factores determinantes los
siguientes:
En el ámbito nacional:
· Los retardos
procesales por supuesta insuficiencia de jueces, fiscales y defensores públicos.
· La ausencia
de mecanismos para hacer llegar a todos los ciudadanos la difusión de los derechos de los mismos y
de que acciones tienen disponible para hacerlos efectivos.
·
La garantía
de transparencia de los procesos para designar a los jueces y fiscales.
· El impulsar
ante los organismos competentes la investigación de violaciones de derechos
humanos, ya que en un gran porcentaje existe altos índices de
impunidad en relación a las denuncias efectuadas.
· Democracia:
Los derechos humanos se constituyen como la razón de ser de la
institucionalidad del Poder del Estado, el cual estará legitimado únicamente
en tanto este sea respetuoso de un marco indisoluble donde
confluyen los siguientes tres elementos: 1. Estado de Derecho; 2. democracias
participativas; 3. Respeto de los derechos humanos para todas las personas sin
ningún tipo de distinción.
En el
ámbito Internacional:
· Lo oneroso
que resultan las acciones
· Los lapsos
son extremadamente distantes entre la petición y los acuerdos o sentencia.
Debemos también tener presente en esta
celebración de los 65 años de la declaración universal de los derechos humanos,
que gracias a la proliferación de Organización no Gubernamentales de defensa de los derechos humanos, día a día
permiten a las victimas de violaciones
abrirse nuevos espacios en su búsqueda de justicia, ya que debemos
resaltar que la tarea de defender los derechos humanos es de todos los días y
de todos los ciudadanos, por ello debemos reconocer la labor que
desinteresadamente realizan estas organizaciones, solo en la búsqueda de la
justicia aun cuando sea tardía.
Jackeline
Sandoval de Guevara
Directora
Ejecutiva
“FUNDEPRO”