1 mar 2015

MIJ aconseja a las policías "bajarle dos" al uso de la fuerza


Eligio Rojas.- Desde el año 2011 está vigente una resolución del Ministerio de Interiores y Justicia (MIJ) que regula la actuación de los cuerpos de policía para garantizar el orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones. 

Dicha resolución, la número 113, fue publicada en la Gaceta Oficial N° 39.658 del 18 de abril de 2011 y fue firmada por el entonces ministro de Interiores y Justicia, Tareck El Aissami. Es de obligatorio cumplimiento para la Policía Nacional Bolivariana y demás cuerpos estadales y municipales. 

Seis principios. La actuación de los cuerpos policiales para garantizar el orden público, deben orientarse por seis principios, indica la resolución del MIJ. Ellos son: respeto y garantía del derecho humano a la vida; ponderación de los derechos humanos y garantías; protección de las poblaciones en situación de vulnerabilidad; actuación profesional civil y especializada; promoción de medios alternativos de solución de confianza y uso progresivo y diferenciado de la fuerza. En este último punto aconseja el MIJ a los policías que deben “siempre mantener el menor nivel de uso de la fuerza posible”. 

El incumplimiento de tales principios, regulaciones y procedimientos establecidos en la resolución, trae consecuencias sobre la responsabilidad y evaluación del cuerpo de policía que las haya transgredido, advierte el documento. 

La resolución manda que todas las policías del país organicen una dirección de control de reuniones públicas y manifestaciones. Ella debe estar integrada por funcionarios policiales debidamente formados, organizados y disciplinados en el uso de equipos e implementos autorizados para garantizar el orden público. 

Cuando las policías tengan conocimiento de una reunión o manifestación pública, deben elaborar un plan de acción que determine los procedimientos y actuación a llevar para evitar que el orden público sea perturbado, señala la resolución del MIJ. Se expone a ser destituido el funcionario que use armas o municiones que pretendan ocasionar la muerte de personas, alerta.