23 may 2016

TSJ prohíbe manifestaciones en los alrededores del CNE

TSJ prohíbe manifestaciones en los alrededores del CNE 


Caracas.- La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia emitió un amparo a favor de cinco funcionarios del Consejo Nacional Electoral que, a partir de ahora, impide “la llegada de grupos violentos a las cercanías del CNE” para garantizar la integridad física de los empleados de esta institución, “el derecho al libre tránsito y el ejercicio del derecho al trabajo”. 
Los ciudadanos (trabajadores del CNE) alegaron que “debido a las constantes y frecuentes convocatorias realizadas por voceros de diferentes organizaciones políticas y sociales hemos sido expuestos a situaciones de riesgo que amenazan y en ocasiones llegan a violar nuestro derecho al libre tránsito, al trabajo y a la protección del Estado”.

La denuncia consideraba que los llamados de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) de marchar a las sedes del CNE para exigir el pronunciamiento de las autoridades sobre los lapsos para la realización del Referendo Revocatorio tienen como finalidad “impedir el libre acceso de los funcionarios a sus puestos de trabajos, produciendo retrasos que se agravan por las restricciones en el horario, derivadas de la emergencia eléctrica que enfrenta el país”.

Y que consideraba que la oposición no contaba con los permisos que debe emitir la Alcaldía del municipio Libertador, por lo cual las manifestaciones carecían de carácter pacifico.

Para decidir, la Sala coincide en que las manifestaciones frente a las sedes del CNE obstaculizan el derecho al libre tránsito, al trabajo y cita como “hecho notorio noticioso”  “las agresiones sufridas por los miembros de los órganos de seguridad por parte de los manifestantes convocados a estas concentraciones contra el Consejo Nacional Electoral” y presume que “los trabajadores en general y rectores corren riesgo de ser víctimas de acciones similares”. 
Por cuanto el TSJ “en resguardo de los derechos invocados y para favorecer un ambiente de paz social y ciudadana, así como prevenir una situación de perturbación psicológica de la colectividad en general” declaró procedente la medida cautelar.
La sentencia, firmada por el juez ponente Eleazar Guevara ordenó al comandante de la GNB y al director de la PNB a “adoptar las medidas de seguridad necesarias para resguardar permanentemente las sedes del Consejo Nacional Electoral y sus alrededores, a nivel nacional, a los fines de impedir los actos no autorizados, marchas, protestas, concentraciones no permisadas y manifestaciones violentas, convocadas por las organizaciones políticas y civiles, que puedan limitar el acceso de los trabajadores y perturbar el normal funcionamiento de las sedes del Consejo Nacional Electoral, a nivel nacional”.

 E instó al “Ejecutivo Nacional a evaluar conforme al artículo 47 y 48 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, la declaratoria de zonas de seguridad de los espacios adyacentes a las sedes del Poder Electoral”.

Y notificará a la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz; la Procuraduría General de la República y al Defensor del Pueblo, Tarek William Saab; para que asistan a la audiencia pública oral correspondiente, que será celebrada dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes, a partir de la última notificación realizada. 
A continuación la sentencia: