El Tribunal Supremo de Justicia emitió una sentencia en la que declara que solo los diputados que se encuentren “en ejercicio” gozan de inmunidad parlamentaria, luego de que en mayo pasado dirigentes opositores solicitaran la liberación de tres legisladores suplentes que están presos desde hace más de dos años.
“La inmunidad parlamentaria la detentan única y exclusivamente las personas que estén en el ejercicio efectivo (…) por lo que los diputados suplentes sólo gozan de inmunidad cuando efectivamente suplan las faltas de los principales
y con ocasión a las actuaciones desplegadas en ese tiempo”, establece
la sentencia del máximo tribunal que se conoció este viernes, 15 de
julio.
Con esta sentencia, el TSJ declaró “inadmisible” la demanda interpuesta el mes pasado por los diputados opositores del partido Voluntad Popular, Gaby Arellano y Sergio Vergara, en la que solicitaron la liberación de los ciudadanos Renzo Prieto, Rosmit Mantilla y Gilberto Sojo.
El pasado mayo la diputada Arellano protestó frente al durante varias unas horas junto a otros activistas de Voluntad Popular para exigir la liberación de Mantilla, Prieto y Sojo.
En la protesta participó la diputada Manuela Bolívar, también militante de Voluntad Popular, e indicó que no había “ninguna razón para que no se les” permitiera a los diputados suplentes “incorporarse y ser la voz de los electores que ellos representan”.
Mantilla, Sojo y Prieto fueron detenidos antes de ser elegidos diputados, tras ser acusados de la violencia de las protestas antigubernamentales de febrero de 2014. Sin embargo, la oposición venezolana, que les califica de “presos políticos“, exige que sean liberados porque, sostienen, les ampara su “inmunidad parlamentaria“.
Con información de EFE