20 sept 2018

Declaración de Pedro Carreño incurre en el mismo delito imputado a bomberos de Mérida


Efecto Cocuyo.- Incitación al odio. Este es el delito que encierran las declaraciones realizadas el 11 de septiembre por Pedro Carreño. El integrante de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) invitó a proteger a los funcionarios y seguidores del Gobierno, con un lenguaje censurable: “A los escuálidos hay que joderlos, hay que escoñetarlos. No podemos dejar que persigan a ningún camarada, en el terreno que sea”.
En el mismo acto oficialista, el abogado y también militar retirado amenazó diciendo que “quien persiga a los chavistas va a pagarlo con sangre”.
Estas declaraciones responden a las opiniones emitidas por la embajadora de Estados Unidos ante la Organización de Naciones Unidas (ONU), Nikky Haley, quien un día antes había asomado que el presidente de la ANC, Diosdado Cabello, ostentaba cargos públicos en el Gobierno desde hace tiempo con la intención de “forrarse los bolsillos”.
Pedro Carreño tiene ese tipo de vocabulario, que es poco usual y propio de una persona que tiene un alto cargo político y que es vocero de un Gobierno. Es descalificador y efectivamente implica una discriminación hacia un grupo de ciudadanosopositores al Gobierno”, analizó Laura Louza, abogada y directora de la ONG Acceso a la Justicia.
Las expresiones del constituyente fueron ampliamente criticadas en redes sociales, no solopor considerarlas contrarias a laLey Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia.
Este documento normativo fue aprobado por el mismo ente que integra Carreño, en noviembre de 2017. En su artículo 1explica que su objetivo es el de “promover y garantizar el reconocimiento de la diversidad, la tolerancia y el respetorecíproco”.
Al respecto, la directora de Acceso a la Justicia, recordó que la ANC es inconstitucional debido a que su creación no fue consultada al pueblo. “Es un órgano que no existe, pero desgraciadamente estamos en un estado de hecho  y se usa la Ley Contra el Odio en los tribunales penales“, agregó la abogada constitucionalista.
El artículo 20 de este instrumento jurídico tipifica y sanciona la incitación al odio: “Quien públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas (…) será sancionado con prisión de diez a veinte años (…)”.
“El Gobierno es muy ‘doble moral‘ cuando de incitar al odio se trata. Nicolás Maduro ofende e incita a la intolerancia y discriminación al que piense distinto, pero realizan este tipo de leyes que son subjetivas a la hora de aplicarse”, explicó Jackelin Sandoval, abogada penalista y directora de la Fundación para el Debido Proceso.
Asegura que este es el delito aplicable a la declaración de Pedro Carreño, al igual que el de instigación al odio contemplado en el Código Penal Venezolano. Dicha norma legal era el usado antes de la Ley contra el Odio, para detener a miembros de laoposición venezolana como los manifestantes de 2014 y 2017.

Una sátira penada

Para Louza, la Ley Contra el Odio en la práctica se utiliza para eliminar la disidencia política. Uno de los ejemplos más recientes para la abogada es el de la privativa de libertad de dos interantes del Cuepo de Bomberos de Mérida.
Los funcionarios grabaron un video en el que usaron un burro para simular una “visita presidencial” a su estación de trabajo. Un tribunal de Mérida aceptó la imputación por incitación al odio, delito contemplado en la ley de la ANC.
“Carreño se refiere a los opositores de manera violenta, con odio, discriminando. Ahí sí se da el tipo penal establecido en laLey contra el Odio. Pero en el caso de los bomberos no se da. Esas personas hicieron algo de humor, consideradodesagradable, sí; pero no hicieron referencia a una cosa política“, expuso la abogada.
Su colega, Lilia Camejo, llamó la atención sobre el incumplimiento que el Gobierno realiza a las leyes promovidas por sus mismos miembros. “Para crear esa ley hicieron una comisión integrada por 15 personas, quienes son funcionarios del Gobierno y también militantes del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv)”, apuntó la especialista en derecho penal.
“Esta ley no fue hecha para ser usada si son los voceros del Gobierno los que incurren en delitos tipificados en ella. El odio político contra lo que no es igual a mí es válido si viene de alguien adepto al Gobierno“, concluyó la directora de Acceso a la Justicia.